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MONITOREO OCUPACIONAL

MONITOREO OCUPACIONAL

¿POR QUÉ TU EMPRESA REQUIERE GESTIONAR UN MONITOREO OCUPACIONAL?
  • Protección de los trabajadores: La salud y seguridad de nuestros empleados son una prioridad. El monitoreo ocupacional nos permite identificar y evaluar los riesgos laborales a los que están expuestos, asegurando un entorno de trabajo seguro y saludable.

  • Cumplimiento normativo: Existen regulaciones y normativas estrictas en materia de seguridad y salud ocupacional que debemos cumplir. El monitoreo ocupacional nos ayuda a asegurarnos de que cumplimos con todas las leyes y requisitos aplicables, evitando sanciones legales y protegiendo la reputación de la empresa.

  • Prevención de enfermedades laborales: El monitoreo ocupacional nos permite detectar tempranamente cualquier indicio de enfermedad ocupacional entre nuestros trabajadores. Esto nos permite implementar medidas preventivas y correctivas para evitar la propagación de enfermedades y proteger la salud de nuestros empleados.

  • Mejora del ambiente laboral: Al monitorear las condiciones de trabajo, podemos identificar áreas de mejora en ergonomía, iluminación, ventilación, entre otros aspectos, para crear un entorno laboral más cómodo y seguro. Esto no solo beneficia la salud de los trabajadores, sino que también puede aumentar la productividad y el bienestar en general.

  • Responsabilidad empresarial: Gestionar un monitoreo ocupacional demuestra nuestro compromiso con la responsabilidad social corporativa y el cuidado de nuestros empleados. Esto fortalece la confianza de los trabajadores en la empresa y mejora nuestra reputación tanto interna como externamente.

    En resumen, gestionar un monitoreo ocupacional es crucial para proteger la salud y seguridad de nuestros trabajadores, cumplir con las regulaciones legales, prevenir enfermedades laborales, mejorar el ambiente laboral y demostrar responsabilidad empresarial.

TIPOS DE AGENTES OCUPACIONALES

Es importante mencionar que los monitoreos de agentes ocupacionales varían según las actividades que realiza cada empresa, así como de la cantidad de trabajadores y la extensión de sus locales.

Factores de riesgos disergonomicos

Contamos con experiencia en identificación y evaluación de los factores de riesgos disergonómicos producidos en el sistema hombre máquina entorno (evaluación de puestos de trabajo, elementos de trabajo y posturas de trabajo) que impactan negativamente en la salud y seguridad de los trabajadores. Empleamos métodos de acuerdo al tipo de actividad: RULA REBA OWAS MAC LEST y otros.

Agente Psicosociales

Son las siguientes: Contamos con psicólogos, médicos especialistas empleamos diversas metodologías de evaluación de acuerdo a la organización entre ellas: El COPSOQ ISTAS 21 es un instrumento internacional para la investigación, la evaluación y la prevención de los riesgos psicosociales. La metodología ha adquirido una importante dimensión internacional, siendo uno de los instrumentos de medida de riesgos psicosociales más utilizados en evaluación de riesgos e investigación.

Agentes químicos

Monitoreo de polvo respirable e inhalable.
Monitoreo de Vapores Orgánicos VOC (Benceno, Estireno, Tolueno, Xileno y otros).
Monitoreo de gases (02, C0, LEL, C02, NO, NO2, CH4, H2S, H2SO4 y otros).

Agentes físicos

Ruido ocupacional
Stress térmico, calor
Iluminación
Vibración: mano brazo y cuerpo completo.
Temperatura y humedad
Radiación electromagnética, otros

Agentes biológicos

Monitoreo Bacterias Heterotróficas.
Monitoreo Coliformes Totales.
Monitoreo Mohos.
Monitoreo Levaduras.
Monitoreo Enterobacterias.

NORMATIVA SOBRE EL MONITOREO OCUPACIONAL EN EL PERÚ
  • Ley N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • D.S. N° 005-2012-TR – Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • R.M. N° 050-2013-TR – Resolución que aprueba el Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
  • R.M. N° 375-2008-TR – Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico
IMPORTANCIA DE REALIZAR EL MONITOREO DE AGENTES OCUPACIONALES EN TU EMPRESA

Conforme a lo indicado en nuestra legislación, los monitoreos de agentes ocupacionales se deben realizar según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual hace mención a que la revisión del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se realiza por lo menos una vez al año. Si el empleador no lleva a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo, o incumple con la realización de monitoreos ocupacionales, estaría incurriendo en una infracción grave conforme a la normativa de inspecciones sancionada con multas desde S/ 7,222.00 (1.57 UIT) hasta S/ 120,152.00 (26.12 UIT), dependiendo del número de trabajadores afectados.

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